Ya lo sabíamos, pero ahora lo tenemos más claro.
No
han sido las clases medias las que más se han empobrecido con la crisis,
ha sido el 20% más pobre de la población española el que más
renta ha perdido en estos años,
lo que significa, simplemente, que
en España los ricos son cada vez más ricos, y los pobres son cada vez
más pobres, y que la brecha entre unos y otros aumentará en tanto y en
cuanto el sistema no se corrija.
Los datos son ya suficientemente espeluznantes y el panorama no tiene visos de
mejorar: según
el informe de la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social (EAPN),
en nuestro país hay 13 millones de personas en riesgo de pobreza o
exclusión y de esos 13 millones, 3,5 se encuentran en una situación de
pobreza severa. El problema es que, aun con
todo, el Partido Popular sigue gobernando en
nuestro país, y el Tribunal Constitucional, supuesto garante de
nuestros derechos, también de nuestros derechos sociales, se sigue
dedicando a blanquear las medidas depredadoras de este Ejecutivo.
Hace
solo unos meses el Tribunal Constitucional suspendió parcialmente la
Ley catalana de medidas urgentes para afrontar la emergencia
habitacional
y la pobreza energética (la Ley 24/2015, fruto de una ILP), admitiendo
un recurso de inconstitucionalidad que presentó el Gobierno en funciones
del Partido Popular.
Con
su recurso, el PP pretendía que las entidades financieras eludieran sus
responsabilidades por la frenética ejecución de desahucios en la que
están
inmersas (mientras mantienen miles de pisos vacíos que acaban en manos
de fondos buitres), y contribuía también a desactivar los mecanismos de
segunda oportunidad que la Ley había articulado en favor de quienes no
podían pagar la hipoteca de su vivienda habitual.
La suspensión de la Ley, para mayor gloria de las eléctricas, la banca y
los grandes oligopolios, convirtió al TC en coautor del drama que se
había intentado evitar con su aprobación en Catalunya, y esa misma
coautoría se dio también para casos similares en
Andalucía, Navarra, Canarias, Euskadi y Aragón.
Lo
más hiriente fue que los motivos que esgrimió el TC para mantener la
suspensión de la Ley 24/2015, como la de otras, fueron estrictamente
económicos,
en la idea de que su aplicación afectaba a los objetivos del Sareb y a
la reestructuración de las entidades financieras ordenadas por el Frob;
esto
es, su aplicación afectaba al rescate bancario y al negocio inmobiliario del Sareb.
Así
que, con la oposición sistemática de los votos particulares de tres
magistrados (la llamada "minoría progresista" del TC: Adela Asúa, Juan
Antonio
Xiol y Fernando Valdés), el alto Tribunal se ha ido sumando a los
grupos de interés y a los lobbies que se han alimentado, y se alimentan
todavía, de la pobreza de millones de personas en nuestro país; una
pobreza contra la que luchan incansables organizaciones
ciudadanas, como la Alianza contra la Pobreza Energética (APE) y la
PAH, que, como nos recordaba hace poco la diputada de En Comú Podem,
Lucía Martín, sin apenas recursos, ha conseguido realojar a 3.000
personas en solo tres años.
Precisamente, han sido esos tres magistrados los mismos que
han denunciado la
erosión del derecho autonómico y el vaciamiento de competencias que
en el ámbito social está estimulando el TC con sus sentencias, de
manera,
que, lejos de proteger nuestros derechos sociales, lo que ha hecho ha
sido fomentar el proceso de recentralización estatal que el PP ha
querido articular con sus recursos. Debe ser por esta razón, entre
otras, por la que el TC padece desde hace años una aguda
crisis de legitimidad y de credibilidad; una crisis que parece
prácticamente irreversible, y que se deriva tanto de sus sentencias
anti-garantistas y recentralizadoras, como de su composición
mayoritariamente conservadora.
De
hecho, la falta de confianza en el alto Tribunal es tal, que en sus
propuestas de reforma constitucional, partidos tan poco dados a la
subversión,
como el PSOE o Ciudadanos, plantearon alternativas de calado que, con
mayor o menor acierto, favorecían un giro de la jurisprudencia
constitucional. El PSOE quería que sus magistrados fueran elegidos en
exclusiva por las Cámaras, atendiendo a criterios de
mérito, capacidad e imparcialidad, y excluía, por tanto, tanto al CGPJ
como al Gobierno. Por su parte, en la selección de magistrados,
Ciudadanos sustituía al Senado por un Consejo de Presidentes de las
Comunidades Autónomas, y al CGPJ, por el presidente del
Consejo y del Poder Judicial, que debían escoger entre magistrados
designados en virtud de un concurso convocado al efecto, sin
discrecionalidad alguna.
Lo
cierto es que, más allá de la valoración que podamos hacer de tales
propuestas, ambas eran claramente indicativas de las sospechas y de las
dudas
generalizadas que suscitaba y suscita el funcionamiento y la
composición del Tribunal, dado que las dos se presentaron en plena
campaña electoral. La existencia de estas propuestas nos recordaba,
además, que no estamos atados de pies y manos, y que no hay
nada sagrado e intocable en un Estado democrático.
De hecho, por suerte, y
como
señala Sebastián Martín,
no está grabado en roca que la protección de nuestros derechos tenga
que depender exclusivamente de un control de constitucionalidad
concentrado; que haya de quedar bajo el control de unos juristas de
élite claramente permeables a la influencia del poder político. Se puede
plantear, por ejemplo, un control de constitucionalidad difuso, como el
que existe en otros países, con el que se traslade
a la totalidad de los jueces la responsabilidad de interpretar y
aplicar el texto constitucional en su integridad; en cuanto a la
selección de magistrados, hay quien ha propuesto el sorteo o el control
popular directo, y no faltan quienes aspiran a una mayor
participación ciudadana en el espacio constitucional recurriendo a
mecanismos de control constitucional ciudadano, a acciones ciudadanas de
inconstitucionalidad o incluso a acciones de incumplimiento (con las
que podríamos denunciar la vulneración de nuestros
derechos por inacción u omisión del gobierno).
La
cuestión es que modelos constitucionales los hay de muy diverso tipo,
que todos tienen ventajas e inconvenientes, y que no estamos llamados
necesariamente
y por principio a mantener un modelo u otro. Y es que aquí lo único
importante es que no olvidemos que la existencia de un TC se justifica
solo y exclusivamente cuando se orienta a la defensa y garantía de
nuestros derechos frente a la arbitrariedad y la injerencia
del poder político, y que si tal protección no funciona, si subvierte
el texto constitucional, si acaba agravando la situación de pobreza
extrema y de aislamiento que ya sufren millones de personas, somos los
ciudadanos los que estamos obligados a pensar y
proponer alternativas más razonables.
El
fondo buitre al que la exalcaldesa de Madrid Ana Botella vendió más de
1.800 viviendas sociales de la capital ha dado un mes de plazo a través
de su sociedad gestora Fidere
a siete familias para que dejen los pisos en los que llevan viviendo
una década. Todas recibieron a mediados de octubre un burofax que les
informaba de que su contrato no se renovaba porque la empresa quiere
acometer "obras significativas" en las viviendas.
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